sábado 12 julio 2025

Sancionan en Cienfuegos a cinco ciudadanos cubanos involucrados en delitos relacionados con drogas ilĂ­citas o sustancias de efectos similares

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La Sala Penal Primera del Tribunal Provincial Popular de Cienfuegos impuso sanciĂłn a cinco ciudadanos cubanos, cuatro hombres y una mujer, involucrados en los delitos relacionados con las drogas ilĂ­citas o sustancias de efectos similares. Se reafirma asĂ­ la polĂ­tica de Cuba de tolerancia cero contra este flagelo con profunda incidencia en la sociedad y la salud de las personas.

Con total apego a la legislación vigente, transcurrieron los cinco juicios orales y públicos, de forma ejemplarizante en el establecimiento penitenciario cerrado “Ariza”, del municipio de Rodas, provincia Cienfuegos, con la presencia de otros internos, familiares de los acusados y oficiales del Órgano de Prisiones.

Los jueces actuantes, luego de valoradas las pruebas practicadas en la vista oral, consideraron responsables a los acusados Rafael Torreinte Sarría, Alfredo Luis Limonte Rodríguez, Yoelsy Correa Garces, Dany Osmel Salgado Ordoñez y Reina Milian Yane del delito imputado; quienes en fechas diferentes fueron sorprendidos en el interior del centro penitenciario, con cantidades de tabletas de Difenhidramina (benadrilina), medicamento controlado por la Resolución 25/2022 del Ministerio de Salud Pública que aprueba la lista de sustancias consideradas de efecto similar a las drogas, estupefacientes y psicotrópicos, sometidos al control nacional que solo se expenden en la red de farmacias del territorio nacional.

Se sancionaron a penas que oscilan entre seis y quince años de privación de libertad según lo establecido en el artículo 235.1 a) 2. e) del Código Penal. A cada uno de los acusados se les impuso además, la sanción accesoria de privación de derechos, la pérdida del derecho al sufragio activo y pasivo, a ocupar cargos de dirección y la prohibición de salida del territorio nacional hasta que extingan la sanción impuesta, de conformidad a lo establecido en los artículos 42.1.3 y 59.1 respectivamente del mencionado código.

En la tramitaciĂłn de los procesos y en los juicios orales se observĂł el cumplimiento de las garantĂ­as procesales establecidas y el respeto al debido proceso consagrado en la ConstituciĂłn de la RepĂşblica.

A los sancionados y a la FiscalĂ­a les asiste el derecho de interponer recurso de casaciĂłn contra las decisiones del Ăłrgano judicial.

En nuestro país el consumo de drogas no se penaliza, solo la tenencia y el tráfico, con sanciones muy rigurosas que pueden llegar a los 30 años de privación de libertad, la privación perpetua de libertad o la sanción de muerte, porque Cuba no tolera ni tolerará jamás este flagelo universal que no solo afecta la salud, sino que socava la estabilidad y seguridad de un país.

(Tomado de 5 de Septiembre)

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