Nota informativa del Ministerio de Salud Pública

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Organismo rector del Sistema Nacional de Salud, encargado de dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la salud pública, el desarrollo de las Ciencias Médicas y la industria médico-farmacéutica.

Ante la aparición de una nueva variante del coronavirus que causa la COVID-19 denominada “Ómicron” (B.1.1.529), identificada como variante “de preocupación” por la Organización Mundial de la Salud (OMS), con una rápida diseminación, aislándose casos en varios países del mundo, se decide aplicar nuevas medidas de reforzamiento en el control de viajeros internacionales.

Los viajeros procedentes de: Sudáfrica, Lesoto, Botswana, Zimbabwe, Mozambique, Namibia, Malawi y Eswatini (antes Suazilandia),  a su entrada a nuestro país deberán cumplir los requisitos siguientes:

  • Presentar en el punto de entrada un esquema de vacunación completo.
  • El resultado negativo de un PCR-RT realizado como máximo 72 horas previo al viaje.
  • Se le realizará en el punto de entrada una toma de muestra para PCR-RT a SARS-CoV-2.
  • Se les aplicará cuarentena obligatoria por siete días en un hotel destinado al efecto, asumiendo el viajero los costos de alojamiento y transportación.
  • Se les realizará una nueva toma de muestra para PCR-RT a SARS-CoV-2 al sexto día, y de ser negativa serán dado de alta de la cuarentena al séptimo día.

En el caso de los viajeros procedentes de Bélgica, Israel, Hong Kong, Egipto, Turquía y el resto de los países de África Subsahariana (Angola, Benín, Burkina Faso, Burundi, Cabo Verde, Camerún, Chad, Comoras, Costa de Marfil, Eritrea, Etiopía, Gabón, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea-Bisáu, Guinea Ecuatorial, Kenia, Liberia, Madagascar, Malí, Mauricio, Mauritania, Níger, Nigeria, República Centroafricana, República del Congo, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Togo, Uganda, Yibuti y Zambia).

  • Se les aplicarán las mismas medidas que a los anteriores países con excepción de la cuarentena y el PCR-RT al sexto día.

Las medidas se pondrán en vigor a partir del día 4 de diciembre de 2021.

Ministerio de Salud Pública de Cuba

Autor

  • MINSAP

    Organismo rector del Sistema Nacional de Salud, encargado de dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la salud pública, el desarrollo de las Ciencias Médicas y la industria médico-farmacéutica.

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Joel @ No todo está perdido
abril 11, 2024 at 1:44 am
Son los jóvenes quienes, en mayoría, llevan el mayor peso del quehacer cotidiano del país. Así ha sido siempre. No…
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Hay que adelantarse a los acontecimientos. La ingenuidad en la comunicación, cuesta.
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