Anteproyectos de leyes para un amplio proceso de reforma judicial en Cuba

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Por lo trascendental de esas transformaciones, el proceso de análisis de estos documentos: Anteproyecto de Ley de los Tribunales de Justicia; Anteproyecto de Ley del Proceso Administrativo; Anteproyecto de Ley de Código de Procesos y Anteproyecto de Ley del Proceso Penal, incluirá la participación del sector jurídico en Cuba

La Habana, 21 mayo.— No es común que se lleve a la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) el análisis de cuatro anteproyectos de leyes, mucho menos cuando se trata de temas tan complejos como los que comprenden estos textos legales que, al decir de José Luis Toledo Santander, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos del Parlamento, permitirán dar inicio a un complejo y amplio proceso de reforma judicial y procedimental en el país.

Precisamente, por lo trascendental de esas transformaciones, el proceso de análisis de estos documentos: Anteproyecto de Ley de los Tribunales de Justicia; Anteproyecto de Ley del Proceso Administrativo; Anteproyecto de Ley de Código de Procesos y Anteproyecto de Ley del Proceso Penal, incluirá la participación del sector jurídico en Cuba.

Según explicó Toledo Santander, se ha establecido un mecanismo de trabajo en aras de que cada órgano e institución asociado al ramo, incluyendo las facultades de Derecho, se involucren en la discusión de los anteproyectos; criterios que luego se le harán llegar al Parlamento, en forma de relatoría general, para evaluar su pertinencia.

A la par, dijo, los anteproyectos se han publicado en el sitio oficial de la ANPP y ya fueron habilitados los correos electrónicos para que la población participe en el intercambio, haciendo valer así el derecho que tiene cada persona de transmitir sus criterios y opinar sobre temas que son trascendentales para la vida del país.

Por otra parte, aclaró, si la situación epidemiológica lo permite, el encuentro con los diputados se realizará de forma presencial en los territorios, y de lo contrario, por videoconferencias, respondiendo a un cronograma.

Según el Presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, el resultado final de ese proceso de consulta con juristas y legisladores se verá reflejado en el cuerpo legal de los cuatro anteproyectos y, una vez aunadas las propuestas y observaciones, los documentos volverán a presentarse a los diputados para su discusión y posterior aprobación en sesión plenaria de la Asamblea Nacional.

Todo ello, afirmó, responde a la política de funcionamiento de la ANPP de trabajar en los consensos antes de llegar al Plenario, lo que comprende un importante proceso de estudio, razonamiento y análisis previo.

ANTEPROYECTO DE LEY DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA

La propuesta de normativa contempla como objetivo fundamental de la actividad judicial salvaguardar el orden económico, social y político establecido en la Constitución de la República, comentó.

«Por otra parte, viene a reforzar, en la actuación de los tribunales, los principios de independencia judicial, imparcialidad, transparencia y control popular, y se adicionan otros relacionados con la supremacía constitucional, la igualdad efectiva y el carácter vinculante de las decisiones judiciales».

El nuevo texto constitucional apuesta por una gestión pública efectiva y, con ese fin, refuerza el carácter democrático de todos los órganos del Estado y la función social de los tribunales de justicia, puntualizó. En correspondencia con ello, dijo, se deben producir sustanciales cambios en la estructura, conformación y funcionamiento de estos órganos.

Por ejemplo, como regla, la ordenación de los tribunales se corresponde con la división político-administrativa del país, sin embargo, se propone una organización territorial diferente, en atención a criterios de especialización, cantidad de radicación o población, entre otros.

«Como novedad –resaltó Toledo Santander– se establece que la mayoría de los procesos serán trasladados a las sedes municipales, en interés de acercar la administración de justicia al pueblo».

Asimismo, se incluye en el texto legal la obligación institucional de resarcir a las personas por los daños y perjuicios que les sean causados por el actuar negligente de directivos, funcionarios o empleados judiciales, en el ejercicio de sus responsabilidades.

ANTEPROYECTO DE LEY DEL PROCESO ADMINISTRATIVO

Este anteproyecto regula el proceso para el conocimiento por los tribunales de las pretensiones en relación con los actos administrativos, disposiciones reglamentarias, actuaciones materiales y omisiones de la Administración Pública, y de otras entidades y personas en el ejercicio de la función administrativa.

En tal sentido, comentó, otorga a los ciudadanos mayores posibilidades para que puedan defenderse, en sedes judiciales, de actuaciones o silencios de la administración, que consideran han provocado lesiones en sus derechos.

A su vez, esto impone el reto de una administración altamente eficiente en la solución de los conflictos y resulta trascendente en el orden del respeto y ejercicio de las garantías, precisó. De igual forma, dijo, se definen cuáles son los actos que pueden ser sujeto de demandas y quiénes quedan excluidos por este procedimiento.

ANTEPROYECTO DE LEY DE CÓDIGO DE PROCESOS

Este documento, precisó Toledo Santander, busca integrar, en una sola ley, los procedimientos para resolver las reclamaciones en las materias civil, familiar, mercantil, del trabajo y la seguridad social. En función de ello, agregó, establece cuáles son los procedimientos a desarrollar cuando un ciudadano tiene un conflicto en estas materias y debe acudir al Tribunal.

De ahí el criterio de que el anteproyecto de ley refuerza la protección de las personas en situación de vulnerabilidad, a cuyo efecto se confieren facultades suficientes al tribunal para la adopción de los ajustes razonables, en cualquier estado del procedimiento.

Uno de los elementos que introduce es el empleo de las tecnologías de la información y la comunicación para la realización de actos judiciales; en tanto, se establecen plazos más objetivos para la tramitación y solución de los procesos, con mayores garantías para las personas.

Según dicta la propuesta de normativa, se «prevé la reducción de los plazos procesales en la medida que lo amerite la urgencia del asunto, con el propósito de adoptar una decisión judicial expedita».

Por otra parte, se establece un único procedimiento para la jurisdicción voluntaria y se amplía su contenido, al incluir el divorcio por mutuo acuerdo y la homologación de los acuerdos extrajudiciales a los que arriben las personas, por sí o mediante los métodos alternos de solución de conflictos.

ANTEPROYECTO de LEY DEL PROCESO PENAL

La propuesta de ley de procedimiento penal va a introducir, dentro del amplio régimen de garantías, que ampara el debido proceso y la tutela judicial efectiva, todo un grupo de innovaciones.

Entre ellas, ejemplificó Toledo Santander, está que se reconoce el derecho a la defensa de todo imputado dentro de las 24 horas en caso de estar detenido, y dentro de los cinco días siguientes a la denuncia, cuando esté en libertad. A partir de ese momento, continuó, el procesado tiene derecho a nombrar abogado, a proponer pruebas y examinar el expediente.

«Si la persona está detenida con medida cautelar, de prisión provisional y no designa abogado defensor, se propone que el Estado garantice su defensa y le nombre un defensor de oficio». En el caso de menores de 18 años de edad, precisó, desde el momento en que son detenidos se les designa ese defensor de oficio.

Otros de los contenidos que incluye el anteproyecto son el reconocimiento del derecho de las víctimas o perjudicados, y la revisión judicial de la medida cautelar, aclaró.

Respecto a la prisión provisional, el documento incorpora la posibilidad de que el imputado o su defensor puedan solicitar al tribunal la modificación o revocación de esta medida, una vez agotados ante el fiscal los recursos legales dirigidos a ese fin.

Un elemento a distinguir, señaló, es la propuesta de que el fiscal y el acusado pueden pactar una sentencia y si ambos expresan conformidad con las conclusiones acusatorias, y el tribunal lo ratifica, no hay más trámites para dictar sentencia en el proceso judicial.

«Asimismo, se incluye en el cuerpo legal el empleo de técnicas especiales de investigación, previstas en los tratados en vigor para la República de Cuba».

Al concluir, Toledo Santander comentó que estos cuatro anteproyectos recogen lo más moderno en la práctica judicial e investigativa, están atemperados a la realidad de nuestro país y han sido elaborados sobre la base de principios constitucionales y garantías a la población. ()

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Joel @ No todo está perdido
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El secretismo no es política de estado, sin embargo, hay directivos en entidades que lo practican...
Hay que adelantarse a los acontecimientos. La ingenuidad en la comunicación, cuesta.
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