Queda publicada oficialmente en la Gaceta Oficial de la República de Cuba la Ley No 162 de Comunicación Social. La ley, compuesta por 19 capítulos, 107 artículos y dos títulos fundamentales, se nutre de la práctica comunicacional cubana de más de dos siglos y de importantes referentes a nivel internacional. También desarrolla con exactitud la comunicación en los ámbitos mediático, comunitario y organizacional, desde los entornos físico y digital.
El objetivo fundamental de la ley es proteger los derechos de las personas a la información y a la comunicación que están contemplados en la Constitución de la República.
La nueva Ley de Comunicación Social:
- Regula el trabajo de los «Influencers».
- Establece la protección hacia la mujer en materia de Publicidad y Patrocinio para impedir el uso de su imagen sexualizada.
- Los periodistas tendrán protección jurídica ante las personas que no quieren dar información.
- Las personas tendrán derecho a exigir a los medios de prensa la reparación de su imagen cuando de a lugar.
- Es una transformación radical del sistema de comunicación cubano.
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