Nuevo orden jurídico para mayor eficiencia y sostenibilidad en las cooperativas agropecuarias

El Decreto Ley 76 forma parte del ejercicio legislativo de la nación, basado en un nuevo orden jurídico, que enfatiza la intención de lograr la sostenibilidad con una forma más avanzada y eficiente de producción agropecuaria, a favor de la población cubana.

Las cooperativas agropecuarias en sus diferentes modalidades han venido desempeñando un rol importante en atención a los intereses de la economía nacional, de la comunidad y de la propia organización, en correspondencia con su objeto y las necesidades de cada etapa.

El fortalecimiento del ejercicio legislativo, en consonancia  con un mejor reordenamiento económico y social en la nación cubana, se hace patente, al respecto, en la aprobación y aplicación de nuevas medidas como las relacionadas con las formaciones cooperadas, a fin de atemperar su funcionamiento y lograr mayores efectos. Es este el fundamento que avala el decreto ley 76, emitido el 18 de septiembre de 2023.

La referida norma puesta en vigor el 3 de enero de 2024, regula el marco jurídico actual de las cooperativas agropecuarias sobre su constitución, funcionamiento, integración, fusión, disolución y extinción, por lo que las creadas anteriormente y las nuevas deben ajustarse a tal procedimiento legal.

En el municipio Santiago de Cuba existen 25 cooperativas de Crédito y Servicio (CCS), 11 de Producción Agropecuaria (CPA) y 27 conceptuadas como Unidad Básica de Producción Cooperativa (UBPC), todas las cuales están incluidas en la actualización.

Al decir de Odalys Olivero Monzón, jefa de grupo de la Unidad Básica No. 1 de la Consultoría Jurídica Provincial, “las cooperativas, antes estaban sujetas a otras disposiciones y eran aprobadas por el Ministro de la Agricultura y ahora solo requieren la certificación de los Consejos de la Administración Municipal.

“También se clasifican de primer y segundo grados; las primeras por ser netamente productivas y de comercialización a los destinos previstos, y las otras, comercializadoras y de transportación; todo responde a un mejor funcionamiento.

“EL primer beneficio está en que la producción de alimentos se logra en el radio de acción y, de hecho, protege el territorio a escala local, de ahí mayores posibilidades adquisitivas de la población y la correspondencia con necesidades alimentarias. Asimismo tributa a su favor ser reconocida como actividad económica con total autonomía, como ente con personalidad jurídica propia”.

Actualmente, a nivel provincial,  la Dirección de Justicia, la Consultoría Jurídica, el Ministerio de la Agricultura, a través de sus estructuras y la Asociación Nacional de  Agricultores Pequeños, se encuentran enfrascados en el mencionado proceso, que incluye la escritura notarial e inscripción en el registro mercantil, entre otras obligaciones, atemperadas a lo establecido y con igual comprometimiento, en el cuerpo de estatutos y reglamentos del referido Decreto Ley.

Sucede que para hacer efectivo todo ese procedimiento se dispone de la Consultoría Jurídica Provincial y los bufetes colectivos, entidades encargadas técnica y materialmente para brindar el imprescindible servicio jurídico.

Como bien se advierte el Decreto Ley 76 forma parte del ejercicio legislativo de la nación, basado en un nuevo orden jurídico, que enfatiza la intención de lograr la sostenibilidad con una forma más avanzada y eficiente de producción agropecuaria, a favor de la población cubana.

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Jornadas de trabajo intenso; en esta cobertura tuve la oportunidad de acercarme a personas revolucionarias y aman y honran la…
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Joel @ No todo está perdido
abril 11, 2024 at 1:44 am
Son los jóvenes quienes, en mayoría, llevan el mayor peso del quehacer cotidiano del país. Así ha sido siempre. No…
El secretismo no es política de estado, sin embargo, hay directivos en entidades que lo practican...
Hay que adelantarse a los acontecimientos. La ingenuidad en la comunicación, cuesta.
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